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Spotify alertó al Gobierno que artículo de Rendición “hace inviable su negocio” en Uruguay
La plataforma de streaming envió una carta al ministro de Educación para manifestar “su preocupación” por cambios en los derechos de autor.

Hace un mes, la plataforma de streaming Spotify envió una carta al ministro de Educación y Cultura, Pablo da Silveira, en la que expresó “su profunda preocupación” por un artículo de la Rendición de Cuentas que fue aprobada en Diputados y ahora deberá ser tratada en el Senado, informó El País.

En la nota enviada al jerarca y firmada por la Chief Public Affairs Officer de Sportify, Dustee Jenkins, la ejecutiva menciona que en los artículos 260 y 261 de la Rendición de Cuentas se establecen modificaciones en la Ley 9.739 vinculada a los derechos de autor. Dichos artículos posteriormente fueron el 284 y 286 en el proyecto de ley aprobado.

“Un pago obligatorio adicional de los servicios de transmisión de música, además de los miles de millones de pesos que ya estamos pagando a las compañías discográficas y otros titulares de derechos, afectaría severamente nuestra capacidad de invertir y brindar servicios a precios razonables para los consumidores, lo que tendría el efecto contrario. Estos cambios alterarían sustancialmente el entorno comercial de la música grabada e interferiría con la contratación privada. Pedir a las plataformas de streaming que paguen dos veces por el mismo contenido que ya ha sido licenciado por sellos discográficos resultará en pagos por duplicado injustos. Si la reforma propuesta se convirtiera en ley en su forma actual, el negocio Spotify en Uruguay podría volverse inviable, en detrimento de la música uruguaya y sus fanáticos”, señala la carta, a la que accedió Montevideo Portal.

Y añade: “Spotify está completamente comprometido con que los creadores pueden sacar provecho de su creatividad y talento, y con ser el mejor para ellos. Como tal, le puedo decir con confianza que la propuesta de modificación de la Ley Nº 9.739 no es adecuada para abordar las preocupaciones que se han planteado, perjudica a los artistas uruguayos y debería eliminarse”.

El artículo en cuestión establece: “El intérprete de una obra literaria o musical tiene el derecho de exigir una retribución por su interpretación difundida o retransmitida mediante la radiotelefonía, la televisión, internet o redes digitales de cualquier tipo, o bien grabada o impresa sobre disco, película, cinta, hilo o cualquier otra sustancia, medio o cuerpo apto para la reproducción sonora o visual. No llegándose a un acuerdo, el monto de la retribución quedará establecido en juicio sumario por autoridad judicial competente”.

En particular, la preocupación de la plataforma de origen sueco radica en que dicho articulado agrega “internet o redes digitales” como formatos para que los artistas sean retribuidos en caso de que se reproduzca su obra.

Por su parte, el artículo 285 de la Rendición de Cuentas que tiene media sanción añade: “Los acuerdos que celebren autores, compositores, artistas intérpretes o ejecutantes, directores y guionistas respecto de su facultad de comunicación pública y de puesta a disposición al público de fonogramas y grabaciones audiovisuales generan, en todos los casos, el derecho a una justa y equitativa remuneración por su explotación. Se establece asimismo que las entidades de gestión debidamente autorizadas a funcionar quedan investidas de la representación legal correspondiente de acuerdo a la reglamentación del Poder Ejecutivo”.

Según informó El Observador, Da Silveira había pedido en comisión que estos artículos fueran desglosados de la Rendición de Cuentas, pero a pedido de Presidencia fueron reintegrados al proyecto.

En la carta, Spotify señala además que, “a pesar de la gran popularidad del servicio a nivel local”, aún no obtiene “utilidades en Uruguay”.

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