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Cinco policías fueron condenados por abuso de funciones por balacera en Dolores en 2018
La jueza resolvió prisión efectiva para los agentes, pero las defensas apelaron y los condenados esperarán sentencia firme en libertad.

 

La jueza Ximena Menchaca de Dolores, Soriano, condenó a dos policías como autores penalmente responsables de un delito de abuso de funciones en casos no previstos por la ley en concurso formal con dos delitos de lesiones graves agravadas a títulos de dolo eventual, a la pena de 24 meses de prisión de cumplimiento efectivo, más el pago de 70 Unidades Reajustables, e inhabilitación para el desempeño de cargos públicos por el período de tres años a partir de que quede ejecutoriada la sentencia, informó Agesor, portal de noticias Soriano, y confirmó Montevideo Portal con fuentes del caso.

Además, la magistrada condenó a otros tres efectivos policiales por abuso de funciones a la pena de 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, más el pago de 50 Unidades Reajustables e inhabilitación para el desempeño de cargos públicos por el plazo de dos años a partir de quedar ejecutoriada la sentencia.

Las defensas de los condenados apelarán la sentencia, para lo cual cuentan con 15 días hábiles. Agesor informa que mientras se presentan las apelaciones y se expide el Tribunal de Apelaciones de turno, los condenados aguardarán la resolución en libertad.

Balaceras

El 13 y 14 de octubre de 2018, se celebró en Dolores, la quincuagésima octava edición de la Fiesta de la Primavera, evento en el que desfilan carrozas y se realizan espectáculos musicales
Por esa razón, las autoridades dispusieron “la presencia de inspectores municipales para realizar el control de la regularidad vehicular y control del tránsito, como la presencia de personal policial (…), de la Dirección de Investigaciones de Soriano, como el Grupo de Resistencia Táctica”, dice la jueza en la sentencia difundida este jueves por el portal de noticias Soriano.

En la madrugada del 14 de octubre, los inspectores detienen un vehículo para inspeccionarlo, en el marco de controles de rutina. La espirometría realizada al conductor da positivo, por lo que los funcionarios le informan que le retendrían el vehículo, documentación (libreta de circulación y de conducir). Por otra parte, la jueza agrega que descartaron en la inspección “la existencia en el interior del automóvil de estupefacientes, armas de fuego o cualquier otro indicio de un accionar ilícito de dicho conductor”.

El hombre “toma llaves de su vehículo, ascendiendo al mismo, para retirarse del lugar donde su rodado había sido detenido”.

La jueza destaca que “sólo había cometido una falta o contravención -manejo en estado de embriaguez-, esto es una conducta antijurídica que pone en riesgo algún bien jurídico protegible, pero que es considerada de menor gravedad y por lo tanto no puede ser calificada como un delito”.

En base a la prueba recolectada, la magistrada sostiene que “los funcionarios policiales que acompañaban al cuerpo inspectivo municipal dieron la voz de ‘Alto’ al vehículo conducido por (el hombre), y ante la no detención de éste comenzaron a disparar en forma intensa e indiscriminada, accionar que reiteraron cuando el rodado regresó al Rosedal”.

“Posteriormente el citado rodado fue interceptado en el centro de esta ciudad por un furgón perteneciente al Grupo de Reserva Táctica, cuyos funcionarios igualmente efectuaron disparos, ante lo cual (el conductor) regresa al Rosedal, donde nuevamente es objeto de proyectiles de bala contra su automóvil”, agrega la magistrada.

Policía Científica identificó en el Rosedal 32 vainas de pistolas Glock 9 mm, y al menos 25 orificios en el automóvil. Además, en la Plaza Artigas, en el centro de la ciudad, encontraron además cuatro vainas de pistola 9 mm.

 

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