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AUF y la creación de la Liga Profesional: “No se han alcanzado las mayorías necesarias”
El Ejecutivo de la Asociación Uruguaya de Fútbol emitió un comunicado recordando que aún no se puede constituir ni legitimar la LUFPRO.

El consejo de fútbol profesional llevado a cabo este lunes de noche, en el que el único tema del orden del día fue la aprobación y creación de la Liga Uruguaya de Fútbol Profesional (LUFPRO), generó un comunicado de parte de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) marcando su postura.

“El Comité Ejecutivo expresa que, de acuerdo al resultado de las adhesiones sobre la moción del proyecto de Estatuto de la LUFPRO, no se han alcanzado las mayorías necesarias para la aprobación de la constitución, la legitimación y el debido consentimiento de la Liga y de dicho proyecto para su reconocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 20 del Estatuto de FIFA y 17 del Estatuto de AUF”, informó la AUF.

La posición del ente rector del fútbol uruguayo ya era conocida desde anoche y la misiva no hace más que ratificar su postura opuesta a la nueva organización del fútbol que propone una mayoría simple de clubes. Desde la AUF se entiende que es una reforma estatutaria y que requiere un 75% de aprobación, porcentaje que no se alcanzó anoche.

Considerando que los votos de la Segunda División valen menos que los de Primera, hubo 25,33 por la positiva (Boston River, Cerro Largo, Fénix, Liverpool, Peñarol, Progreso, River Plate, Wanderers, Cerro, Danubio, Defensor Sporting, Juventud, Rampla Juniors, Rocha, Uruguay Montevideo y Villa Teresa), 15,49 por la negativa (Cerrito, Deportivo Maldonado, Torque, Plaza Colonia, Rentistas, Sud América, Albion, Atenas y Central Español) y 5,16 abstenciones (Nacional, Villa Española y Racing).

Si bien los clubes que son mayoría simple seguirán agotando esfuerzos para llegar al camino del consentimiento, los más radicales no descartan iniciar acciones judiciales porque consideran que la AUF y los opositores a la Liga Profesional están intentando dilatar el asunto.

A continuación, lo que establecen el artículo 17 del estatuto de la AUF y el 20 de la FIFA.

 

 

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