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¿Pena justa para los tíos de la niña muerta en Treinta y Tres? Esto argumentó la fiscal
Alicia Abreu, magistrada que estuvo al frente del caso, brindó una serie de razones que le hacen pensar que la sentencia es correcta.

El caso de la niña de 11 años que falleció conmocionó a Treinta y Tres por los malos tratos que recibía por parte de sus tíos. La fiscal Alicia Abreu llegó a un acuerdo con la defensa de los acusados y logró que la mujer [39] fuera condenada a tres años de penitenciaría, de los cuales dos se cumplirán tras las rejas y uno en régimen de arresto domiciliario total. Los delitos que se le adjudica son omisión a los deberes inherentes a la patria potestad, otro acto ilícito de violencia doméstica y uno de homicidio culposo.

El hombre [41], por su parte, deberá estar sometido a la pena de un año. El primer mes será en la cárcel y el resto en libertad vigilada por cometer un delito de violencia doméstica agravada. Una vez que se conoció la condena, en redes sociales comenzaron a surgir cuestionamientos a Abreu, dado que algunos consideran que la pena adjudicada a la pareja es muy baja.

La magistrada, en diálogo con Montevideo Portal, explicó que para llegar al acuerdo se suele contemplar el delito que tenga la pena máxima, dentro de los mínimos establecidos. En este caso fue el de violencia doméstica, que por ser agravado, la condena mínima es de ocho meses. “Yo tengo que tratar de transar con un mínimo de ocho meses de prisión”, dijo Abreu y agregó que el hecho de que ambos integrantes de la pareja fueran primarios, le permite a la defensa pedir la libertad a prueba.

“Yo elegí, porque entendí porque me parecía justo —aunque sí podemos decir que no fue tan justo a la visión de la gente y la mía particular también— que se cumpliera una condena con privación de libertad”, indicó la fiscal, quien propuso a los abogados defensores la pena de tres años para la mujer. Según el relato de Abreu, la única “contrapropuesta” que presentaron fue pedir un año de esos tres con prisión domiciliaria.

“Concurrir a un juzgado, a un juicio oral, a solicitarle al juez una pena con privación de libertad a mí no me hubiera asegurado que me la hubieran dado”, hizo hincapié Abreu y explicó que la Justicia podría argumentar que no se “configuró el delito de homicidio culpable”.

Esto se da porque no hay ningún “indicativo ni evidencia” de que la mujer haya tenido la intención de matar a la niña. “Lo que hubo fue un sistema que se venía dando hace tiempo. Un descuido de la niña en alimentación, en vestimenta, en cuidados psicológicos. Esto es lo que debiera hacer una persona que está a cargo de un niño o adolescente”, explicó Abreu y reparó: “Esto a mí no me dice que la mujer haya dicho ‘yo no la voy a llevar al médico porque quiero que se muera’. No hay absolutamente ningún elemento”.

Abreu sostuvo que “no conoce” muchos casos en que se haya dictado una sentencia con privación de libertad por los delitos que se adjudicaron. “Por eso para mí la pena es buena”, resumió.

La fiscal logró comprobar que la niña era maltratada, golpeada y castigada, además de ser explotada laboralmente. Se pudo comprobar que se la obligaba a arrodillarse en maíz y se le pegaba con una caña.

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